Paneles solares

Incentivos económicos para instalar paneles fotovoltaicos

Existen numerosas ayudas para incentivar la instalación de paneles solares fotovoltaicos. Intentaremos, brevemente, arrojar un poco de luz para poder valorar si realmente sale a cuenta realizar la instalación.

Es importante hacer los números tanto a la hora de valorar el coste de la instalación, como las ayudas disponibles como la factura después del autoconsumo.

Fondos Next Generation

Estas ayudas europeas para placas solares serán organizadas por cada Comunidad Autónoma. En el caso de Catalunya se han definido los siguientes «incentivos» con las siguientes partidas económicas, todos relacionados con el autoconsumo y la eficiencia energética. Los beneficiarios son tanto particulares como comunidades de vecinos y empresas.

Estas son las subvenciones Next Generation para placas solares que puedes solicitar dependiendo de tus necesidades:

Para empresas:

De forma genérica, para una instalación fotovoltaica, la subvenciones serán del 35% para pequeñas empresas, 25% para medianas y 15% para grandes empresas. Para almacenamiento, la subvenciones serán mayores: 65% pequeñas; 55% medianas; 45% grandes empresas.

Para casas particulares:

Para instalaciones residenciales (casas particulares), para instalaciones inferiores a 10 kWp, se dispondrá de 600€/kWp. Es decir, si instalamos en el tejado de nuestra casa una fotovoltaica de 4 KWp, tendremos una subvención de 2400€.

Para retirada de amianto:

Además, a todo esto, hay ayudas adicionales para retirada de amianto, instalación de marquesinas y para empresas en municipios con menos de 5.000 habitantes.

Para autoconsumo:

Para una instalación nueva fotovoltaica de autoconsumo en una casa particular (incentivo 4), la subvención será de 600 €/kWp (kilo Watio pico, la unidad que se utiliza para dimensionar una instalación solar fotovoltaica). Si a esta nueva instalación le incorporamos baterías, estas también reciben una subvención extra que irá entre 140 a 490 €/kWh (kW Hora, la unidad que se utiliza para dimensionar las baterías).

Para incorporar baterías:

Para añadirlas a una instalación fotovoltaica existente, la subvención será de entre 140 a 490 €/kWh.

Impuestos IBI e ICIO

Existen bonificaciones desde los ayuntamientos para este fin.

El IBI es una tasa obligatoria para todos los dueños de un inmueble ya sea una casa, un piso, un local o un garaje. En el momento en el que adquieres una propiedad, debes inscribirte en la Dirección General del Catastro y pagar el IBI correspondiente.

Se parte del valor catastral (determinado por la Dirección General del Catastro que depende del Ministerio de Hacienda) para hacer el cálculo. El valor catastral se estipula mediante diferentes parámetros. Tiene en cuenta dónde está ubicada la casa, piso, local o garaje, el coste material de su construcción y su antigüedad. Por otro lado, también tiene en consideración cuestiones sobre el suelo como su valor en el mercado actual y sus características urbanísticas.

Este impuesto es anual, y puedes obtener una rebaja de hasta el 50% del mismo, durante los años que determine tu ayuntamiento, normalmente 3 años.

Para poder obtener el descuento debes solicitarlo al propio ayuntamiento después de la instalación y identificando la finca, junto con la documentación conforme la instalación fotovoltaica está legalizada.

En el caso del ICIO (Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras) es un impuesto de carácter municipal que grava la realización de una instalación, obra o construcción. Si en tu construcción u obra realizarás una instalación fotovoltaica, podrás bonificar, en muchos casos, hasta un 95%. Al igual que el IBI, también lo determina cada Ayuntamiento.

Se opta a esta bonificación cuando se solicita la licencia de obras. En el caso de la fotovoltaica es una notificación.

Deducción en la declaración IRPF

Otra ayuda disponible es la deducción en la declaración de IRPF. Si lo solicitas en la declaración de la renta, puedes recuperar un 20%, 40% o hasta un 60% de tu inversión en la instalación fotovoltaica.

El requisito para poder acogerse a esta deducción es demostrar, mediante un certificado energético previo y otro posterior, la reducción de consumo de energía primaria no renovable. Dependiendo del % de este ahorro energético podrás acceder a una deducción o a otra.

No olvides que para solicitar la deducción debes ser el dueño del inmueble. También deberás acreditar que la instalación solar se ha realizado por una empresa especializada y autorizada.